EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DECLARA LA INEXISTENCIA DE LOS HECHOS DENUNCIADOS DENTRO DEL EXPEDIENTE TEEA-PES-002/2019, EN CONTRA DE LA CANDIDATA A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES POR UNA PRESUNTA REUNIÓN PROSELITISTA CON EL SINDICATO DE TRABAJADORES FERROCARRILEROS DE LA REPÚBLICA MEXICANA (STFRM).

- El denunciante manifiesta que existió intención de realizar actos de campaña y obtener un beneficio político-electoral, a cambio del apoyo de sus dirigentes y afiliados para así obtener la victoria el día de la jornada electoral.
- Además, señala que existió una afectación a la equidad en la contienda, porque no se respeta ni se garantiza el derecho a votar de manera libre, secreta y consciente de los agremiados, ya que los dirigentes sindicales pueden coaccionar la voluntad al momento de emitir su voto.
- Para acreditar dicha conducta, se ofrecieron documentales privadas consistentes en fotografías y notas periodísticas.
En consideración a los motivos de la queja, este Órgano Jurisdiccional determinó que una vez estudiados los elementos de prueba, y al no existir otros elementos que permitan la concatenación de los hechos denunciados, esta autoridad determina que las pruebas ofertadas no son medios de convicción suficientes para acreditar los hechos denunciados, por lo que no se puede inferir o confirmar la celebración del encuentro, ni del contenido de las notas se advierte alguna reunión sindical, ni mensaje alguno de naturaleza política que pueda ser considerado como amenaza de coacción al voto, en consecuencia, no hay condiciones que generen inequidad en la contienda.
Por tales motivos, este Tribunal declaró la inexistencia de los hechos denunciados.
