BOLETINES DE PRENSA 2021

Boletín de Prensa 045/2021, 42a. Sesión Pública de Resolución (20-Mayo-2021)

TEEA-PES-031/2021

“SE DECLARA LA INEXISTENCIA DE LAS INFRACCIONES CONSISTENTES EN ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y CALUMNIA, ATRIBUIDOS A GILBERTO GUTIÉRREZ LARA, CANDIDATO DE LA COALICIÓN “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN AGUASCALIENTES” A UNA DIPUTACIÓN LOCAL EN EL DISTRITO V.

“EL TRIBUNAL ELECTORAL CONSIDERÓ QUE LAS PUBLICACIONES DENUNCIADAS SURGIERON COMO PARTE DEL DEBATE POLÍTICO, POR TANTO, SE ENCUENTRAN PROTEGIDOS POR EL DERECHO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, QUE SE PERMITE DENTRO DE LA ETAPA DE INTERCAMPAÑA.”

 

Quién impugna. Partido Acción Nacional.

Denunciado. Gilberto Gutiérrez Lara candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia” a una Diputación Local en el Distrito V.

Hechos denunciados. El PAN presentó una denuncia ante el Instituto local, en contra de Gilberto Gutiérrez Lara, en su carácter de candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia en Aguascalientes” a una Diputación Local, en el Distrito V, por supuestos actos anticipados de campaña y calumnia, derivados de un par de publicaciones difundidas en la red social Facebook del denunciante.

 Resolución del Tribunal: Este Tribunal estima que no se acreditan las infracciones denunciadas, porque:

a) no se acreditó el elemento subjetivo que exige que el mensaje contenga un llamado expreso al voto, ni se advierte que existan elementos que demuestren un equivalente funcional en favor del entonces candidato denunciado y;

b) en lo relativo a la calumnia, no se acreditó el elemento objetivo, que requiere que el contenido de los mensajes advierta la imputación directa de un hecho o delito que sea falso.

En la sentencia se precisa que el contenido denunciado es propaganda política genérica y no electoral.