BOLETINES DE PRENSA 2019

Boletín de Prensa 027/2019, Sesión Pública 22/Mayo/2019

EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DECLARÓ LA INEXISTENCIA DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, POR LA PUBLICACIÓN DE UN VIDEO EN LA RED SOCIAL FACEBOOK, REALIZADA POR EL CANDIDATO DEL PARTIDO LIBRE DE AGUASCALIENTES, A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CALVILLO (TEEA-PES-003/2019).

 

  • El PAN denunció al candidato a la alcaldía de Calvillo, Daniel López Ponce, por actos anticipados de campaña y afectación a la equidad en la contienda, por la publicación en su perfil de Facebook, de un video en el que realiza un discurso supuestamente con la intención de realizar proselitismo y promoción personal, fuera de los periodos de precampañas y campañas.

En términos del artículo 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a los criterios establecidos por la Sala Superior de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y atendiendo a la libertad de expresión y el principio de presunción de inocencia, para que se configuren actos anticipados de campaña, las manifestaciones que realicen los candidatos o partidos políticos, deben ser explícitas, unívocas e inequívocas de apoyo o rechazo hacia una opción electoral, que trasciendan al conocimiento de la ciudadanía y que, valoradas en su contexto, puedan afectar la equidad en la contienda.

En el caso, conforme a las constancias del expediente, si bien se acreditó la existencia de la publicación denunciada y que ésta se realizó fuera del periodo de precampañas y campañas, de su contenido no se desprende un llamado expreso al voto o cualquier otra que de forma unívoca e inequívoca tenga un sentido equivalente de solicitud de sufragio a favor o en contra de alguien.

En tales condiciones, el Tribunal Electoral local determinó que no se configuró la infracción denunciada.