BOLETINES DE PRENSA 2021

Boletín de Prensa 040/2021, 37a. Sesión Pública de Resolución (07-Mayo-2021)

TEEA-PES-025/2021

“SE DECLARA LA EXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN SOBRE LA INCORRECTA UTILIZACIÓN DE PROPAGANDA IMPRESA, ATRIBUIDA A FRANCISCO ARTURO FEDERICO ÁVILA ANAYA, CANDIDATO DE LA COALICIÓN “JUNTOS HAREMOS HISTORIA EN AGUASCALIENTES” A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE AGUASCALIENTES.

“ESTE TRIBUNAL CONSIDERÓ QUE LA PROPAGANDA IMPRESA CUESTIONADA NO INCLUYE ELEMENTOS QUE IDENTIFIQUEN A LA COALICIÓN QUE POSTULÓ AL CANDIDATO DENUNCIADO”.

Quién impugna. Partido Acción Nacional

Denunciado. Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia en Aguascalientes” a la Presidencia Municipal de Aguascalientes.

Hechos denunciados. El PAN refiere que Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, candidato a la Presidencia Municipal de Aguascalientes (MORENA) y la coalición “Juntos Haremos Historia en Aguascalientes” vulneraron las reglas en materia de propaganda impresa, pues el anuncio espectacular denunciado carece de la identificación precisa de la coalición que postuló al candidato denunciado.

Resolución del Tribunal: Este Tribunal Electoral considera que se acredita la infracción denunciada, porque el espectacular denunciado no establece alguna identificación de la coalición que postuló al candidato a la Presidencia Municipal de Aguascalientes, tomando en cuenta que el sujeto denunciado fue registrado por la coalición “Juntos Haremos Historia en Aguascalientes”.

Por tanto, de acuerdo a las reglas en materia de propaganda impresa previstas en el Código Electoral del Estado, el candidato  y la coalición tenían el deber de identificar de forma precisa que el candidato denunciado fue registrado y postulado por una coalición.

Así que existe una obligación directa para que las coaliciones proporcionen a la ciudadanía la información necesaria para que puedan identificar a la candidatura que postula la propia coalición, y no por uno solo partido político, con el propósito de que las y los electores al emitir su voto tomen en cuenta que su posible opción política es propuesta y postulado por una coalición.

Finalmente esta autoridad jurisdiccional determinó la existencia de la infracción atribuida al partido político MORENA, relacionada con la omisión a su deber de cuidado en cuanto a la conducta realizada por su candidato a la presidencia municipal de Aguascalientes.