EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DETERMINÓ LA EXISTENCIA DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA EN BENEFICIO DEL C. OMAR ISRAEL CAMARILLO Y DE LA PLANILLA REGISTRADA PARA LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE TEPEZALÁ EN EL PROCESO ELECTORAL 2018-2019, DENTRO DE LA RESOLUCIÓN EMITIDA CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE TEEA-PES-030/2019, PROMOVIDO POR EL PRI.



- El actor señala que diversos funcionarios y servidores públicos de dicho Ayuntamiento, realizaron publicaciones en la red social Facebook, a efecto de posicionar la candidatura del Omar Israel Camarillo.
- Además, advierten que el hashtag #MASVERDESQUENUNCA, fue utilizado posteriormente como lema de campaña del denunciado.
- En su defensa, diversos denunciados manifiestan desconocer las publicaciones, así como que los referidos hashtags son herramientas que pueden redireccionar a diversos temas, no necesariamente políticos o electorales.
El C. Néstor Armando Camacho Mauricio en su calidad de Representante Suplente del PRI, ante el Consejo Municipal Electoral de Tepezalá del IEE, compareció ante este Tribunal, señalando que las publicaciones denunciadas, contravienen lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Federal, toda vez que fueron difundidas en periodo prohibido por parte de funcionarios públicos del citado municipio, en las cuales aparecen fotografías de dichas personas acompañadas del logotipo del Partido Verde en la parte superior derecha, así con un diseño en la parte inferior en color verde y con el texto “#MÁSVERDESQUENUNCA” en color blanco.
Así pues, el Pleno del Tribunal Electoral de esta Entidad, al resolver el Juicio TEEA-PES-030/2019; determinó que la conducta de los referidos funcionarios, implicó un acto anticipado que benefició al candidato y su planilla, posicionándolos ante el electorado, por lo tanto, este Órgano Jurisdiccional declaró la existencia de actos anticipados de campaña, atribuibles a los CC. Omar Israel Camarillo y Rafael Guillén Tuelles por lo que se les dictó una amonestación pública, así como al PVEM por culpa in vigilando.
