EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL REVOCA EL ACUERDO EMITIDO POR EL CONSEJO GENERAL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, EN EL QUE DISTRIBUYE EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA EL 2020.

- En el expediente TEEA-RAP-20/2019 y Acumulados, los promoventes exponen en su demanda que el partido local Unidos Podemos Más debió perder el registro como partido local.
- Además, se duelen de los criterios adoptados por el Consejo General para la distribución del financiamiento público local.
Se revocó dicho acuerdo, ya que el Consejo General adoptó el criterio emitido por la Sala Regional Monterrey aplicable al caso particular de la Entidad Federativa de Tamaulipas, optando por desatender la disposición expresa del artículo 33 fracción VI del Código Local.
Por tanto, determinar que la elección de ayuntamientos es un parámetro valido para la distribución del financiamiento público a partidos políticos es contrario a la Constitución y al Código Electoral.
