EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DETERMINÓ QUE EL H. AYUNTAMIENTO DE SAN JOSÉ DE GRACIA HA SIDO OMISO EN DAR RESPUESTA A DIVERSAS PETICIONES HECHAS VALER POR UNO DE LOS MIEMBROS DEL H. CABILDO DEL MISMO MUNICIPIO.
- El promovente manifiesta que presentó sendos escritos de petición dirigidos al Contralor del Ayuntamiento y a la Presidenta Municipal de San José de Gracia respectivamente, solicitando facilidades para video grabar las sesiones públicas del cabildo y copias relativas a la cuenta pública del ejercicio 2017.
- Así mismo, de las constancias que obran en autos, se tiene que las autoridades no dieron respuesta a las solicitudes del promovente.
El actor del medio impugnativo, en su calidad de Regidor del Cabildo del H. Ayuntamiento de San José de Gracia, Aguascalientes, compareció ante este Órgano Jurisdiccional.
En el escrito de demanda presentado se plantea como agravio, de manera general, que las autoridades responsables afectan su derecho a ser votado en la vertiente de ejercicio del cargo, en el entendido de que la Presidenta y el Contralor Municipal han sido omisos en dar respuesta a diversas peticiones presentadas en su calidad de servidor público.
En cuanto a lo expresado por el promovente, particularmente en la petición relacionada con la videograbación de las sesiones, en la legislación municipal no existe disposición especifica al respecto, la petición del promovente a la Presidenta Municipal, únicamente versa sobre la posible asignación de un espacio físico para que, con su aparato tecnológico de video grabación, pueda salvar y detentar las imágenes y audio que crea oportunas en el ejercicio de su encargo.
Así, este Tribunal en el asunto TEEA-JDC-138/2019, determinó que el realizar esa actividad no transgrede normatividad alguna, pues a efecto de posibilitar el mejor desarrollo de los derechos y desempeño de los cargos mediante el uso de diversos recursos, datos, voces y opiniones para brindar un derecho colectivo social que tienda a revelar información púbica como un mecanismo de publicidad y transparencia, es deber de los regidores, síndicos y presidentes municipales propiciar un ambiente idóneo para dar a conocer los asuntos que son de interés público.