EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DECLARÓ LA INEXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, POR UN LA DIFUSIÓN DE UN VIDEO EN LA RED SOCIAL DE FACEBOOK, DENUNCIADOS EN CONTRA DE LA CANDIDATA A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CALVILLO, POR EL PARTIDO MORENA, DENTRO DEL EXPEDIENTE TEEA-PES-004/20192.
- En sesión ordinaria, la Magistrada y los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, emitieron la resolución con número TEEA-PES-004/2019.
En principio, el denunciante en calidad de representante ante el Consejo municipal de Calvillo por el PAN, presentó denuncia en contra de la candidata al cargo de presidente municipal de Calvillo, por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña.
El denunciante, alega que debido a la publicación de un video de la red social Facebook en la página “GÁMEZ NOTICIAS”, en la cual, presuntamente se llevó a cabo una recolección de firmas relativa al programa 68 y más, igualmente, se evidencio un inmueble con propaganda de Morena en la puerta en donde se identificó la fotografía de Andrés Manuel López Obrador y una leyenda que señalaba la candidatura de un diputado local para el proceso electoral anterior.
Al respecto, el Pleno del Tribunal Electoral de esta Entidad, al resolver dicho el Procedimiento Especial Sancionador TEEA-PES-004/2019; determinó que los hechos denunciado, no constituyen actos anticipados de campaña, puesto que en la propaganda electoral no se relaciona a la candidata por el partido de Morena, además, de que no se evidencian llamamientos expresos al voto.