EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, DETERMINÓ QUE QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE 51 CIUDADANOS QUE PROMOVIERON MEDIOS DE IMPUGNACIÓN CONTRA LA OMISIÓN DE LLEVAR A CABO EL REGISTRO DE SUS CANDIDATURAS, AL CONSIDERAR QUE SE TRATABA DE ACTOS DISTINTOS A LOS ESPECÍFICAMENTE RECLAMADOS.

- En sesión ordinaria, los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, emitieron la resolución con número TEEA-JDC-035/2019 y acumulados.
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano TEEA-JDC-035/2019 y sus acumulados, promovidos por cincuenta y un ciudadanos, aduciendo que los representantes legales de MORENA ante el Instituto Estatal Electoral, un día antes del cierre del periodo de registro de candidaturas, no los había registrado, no obstante que la Comisión Nacional de Elecciones, en el dictamen que emitió el cinco de abril del año en curso, les ordenó efectuar el registro de los candidatos en él precisados.
Los Magistrados, determinaron que hasta el momento que se presentaron las específicas demandas, no podia determinarse una vulneración al derecho político-electoral de los actores, en su vertiente a ser votados, ya que los representantes de las autoridades responsables no estaban en aptitud de registrar las candidaturas de los actores con base en el pre dictamen de cinco de abril de dos mil diecinueve que no había sido sancionado.
Sin embargo, fueron enfáticos en que ese órgano colegiado, no se ha pronunciado en ningún juicio, sobre la legalidad o no del dictamen de candidatos para los municipios del Estado, sancionado por el Comité Ejecutivo Nacional, ni tampoco sobre el registro finalmente llevado a cabo, al no haber sido impugnados, ni uno, ni otro, ante esa potestad; por lo que dejaron a salvo los derechos de los actores, para controvertir en la vía que estimen conducente, la lista final de los registros generados ante el Instituto Estatal Electoral, así como el procedimiento específico respectivo.













