EN ABONO A LA CERTEZA JURÍDICA DE LA CONTIENDA, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES RESOLVIÓ SOBRE LA IMPORTANCIA DE LOS PRINCIPIOS DE EQUIDAD, NEUTRALIDAD E IMPARCIALIDAD, EN RELACIÓN A LAS CAMPAÑAS DE LOS DIPUTADOS QUE NO SE SEPAREN DEL CARGO PARA CONTENDER POR LA REELECCIÓN.


En sesión ordinaria los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, emitieron la resolución con número TEEA-RAP-001/2018.
A falta de normatividad que rija el manejo de los recursos públicos que están bajo el control de los diputados que van a contener por su reelección y, partiendo de una ponderación de los principios rectores de la materia electoral, el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes determinó la pertinencia y razonabilidad de que el Organismo Público Local Electoral de Aguascalientes emita los lineamientos que deberán seguir los diputados que no se separen del cargo para contender por la reelección en el proceso electoral local 2017-2018.
Al resolver el recurso de apelación TEEA-RAP-001/2018, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, estableció que a fin de salvaguardar los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad en la contienda, así como para dar certeza jurídica a todos los contendientes, se hace necesaria la fijación de los lineamientos bajo los cuales habrán de conducirse los diputados durante las campañas, en cuanto al manejo de los recursos que están bajo su control y el cumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo.
Ante la omisión normativa, la fijación de las reglas a fin de que haya claridad en la utilización de recursos humanos, materiales o económicos en las campañas de los diputados que buscan la reelección, corresponde al Instituto Estatal Electoral del Estado de Aguascalientes, en uso de su facultad reglamentaria; lo que dará certeza jurídica, tanto a los propios diputados, como a los demás contendientes durante los comicios.
