“EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES RESOLVIÓ REVOCAR LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE LA ENTIDAD, EN LA QUE DECLARÓ LA PROCEDENCIA DE DIVERSAS MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS DEL “PARTIDO LIBRE DE AGUASCALIENTES POR FALTA DE MOTIVACIÓN”

- En sesión pública la Magistrada y los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, emitieron la resolución del expediente TEEA-RAP-004/2018.
En el recurso de apelación TEEA-RAP-004/2018, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, revocó la resolución CG-R-36/2018, emitida por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, en la que declaró la procedencia de diversas modificaciones a los estatutos del “Partido Libre de Aguascalientes”.
Lo anterior, porque no contiene la motivación suficiente que exige el artículo 16 de la Constitución Federal, ya que, en específico, no se expusieron las razones por las que arribó a la conclusión de que se encontraban satisfechos los requisitos para validar la procedencia de las reformas realizadas a los estatutos, es decir, no se explicó por qué los elementos, colores y características del nuevo emblema propuesto por el partido local, lo hacen diferente a los de los otros partidos políticos.
