CON LA FINALIDAD DE PROTEGER EL DEBIDO PROCESO Y EN CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN SM-JDC-42/2018 Y ACUMULADOS DE SALA REGIONAL MONTERREY, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES CONFIRMÓ EL ACUERDO DE FECHA ONCE DE ENERO EMITIDO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE HONESTIDAD Y JUSTICIA DEL PARTIDO MORENA, MEDIANTE EL QUE SE MANFIESTA SOBRE LA SUPUESTA VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZONES DE GÉNERO.

 

  • En sesión ordinaria los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, emitieron la resolución con número TEEA-JDC-005/2018.

      

La pretensión final de la accionante estriba en que se revoque el acuerdo de fecha once de enero del dos mil dieciocho emitido por la Comisión, y como consecuencia de ello, se dicte resolución por este Tribunal Electoral, en plenitud de jurisdicción, sobre la queja planteada por la promovente.

Al resolver el medio de impugnación TEEA-JDC-005/2018, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, estableció que, a fin de dar cumplimiento a la resolución emitida por la Sala Regional Monterrey, determina, que no se logra acreditar con base en el caudal probatorio que obra en expediente, hechos que configuren violencia política por razones de género.

Lo anterior, debido a que no cualquier acto violento infligido a una mujer, configura necesariamente, violencia política por razones de género, ya que para acreditarlo deben cumplirse los supuestos establecidos en el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.