El Tribunal tienen la obligación de resolver las denuncias o quejas presentadas ante el Instituto Electoral de este Estado, en las que se expongan violaciones a la normativa electoral que pudieran tener como consecuencia la inequidad en la contienda en el Proceso Electoral Local 2017-2018.”

 

  • En sesión ordinaria la Magistrada y los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, resolvieron los Procedimientos Especiales Sancionadores radicados bajos los expedientes TEEA-PES-001/2018 y acumulado TEEA-PES-002/2018.

 

El PAN y el PVEM denunciaron ante el IEE la existencia de bardas y espectaculares que a su parecer contienen propaganda electoral y que con ello se configuran actos anticipados de campaña, hechos que atribuyen al PRI y a su precandidato al XIV Distrito Electoral Local.

Al resolver los Procedimientos Especiales Sancionadores TEE-PES-001/2017 y acumulado TEEA-PES-002/2018, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, determino la inexistencia de actos anticipados de campaña atribuidos al PRI y su precandidato al XIV Distrito Electoral Local, al considerar que la propaganda contenida en las bardas y espectaculares denunciados no contienen los elementos necesarios para ser considerados propaganda electoral, pues de los elementos que la conforman no se advierte la existencia de un llamado al voto a favor del precandidato y partido denunciados, sino que se trata de propaganda publicitaria, por lo que no se violenta con la misma el principio de equidad en la contienda.