SALVAGUARDANDO LOS PRINCIPIO DE CERTEZA, EQUIDAD, MÁXIMA PUBLICIDAD Y LEGALIDAD, EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES RESOLVIÓ SOBRE EL ACUERDO DE DESIGNACION DE CONSEJERAS Y CONSEJEROS DISTRITALES PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2017-2018.

- En sesión ordinaria los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, emitieron la resolución con número TEEA-JDC-001/2018.
La promovente aduce que, el proceso de selección fue ilegal, debido a que no fueron seleccionados las y los mejores perfiles en cuanto a la experiencia y preparación académica en materia electoral, así como el hecho de que fueron seleccionadas personas que contaban con una afiliación a algún partido político, además que determinados perfiles, no cumplían con los requisitos señalados por la convocatoria y el Código, para aspirar a los cargos de consejeras y consejeros electorales distritales para el proceso electoral local 2017-2018.
Al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEEA-JDC-001/2018, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, estableció que a fin de salvaguardar los principios de equidad, e imparcialidad en la contienda, así como para dar certeza jurídica a todos los contendientes, se determina la revocación del acuerdo CG-A-49/17, únicamente para efectos precisados en el proyecto, salvaguardando los derechos de las y los ciudadanos designados como consejeras (os) que cumplieron cabalmente con todos los requisitos establecidos por el Código y la Convocatoria.
Lo anterior, ante la designación de las y los ciudadanos que no contaban con los requisitos establecidos en el Código y la Convocatoria, estando afiliados a partidos políticos, además de la ausencia de debida motivación y una transgresión al principio de máxima publicidad, por lo que se revoca el acuerdo mencionado, lo que dará certeza jurídica a los contendientes y protegerá los principios rectores de la materia.
