EL TRIBUNAL ELECTORAL DETERMINÓ INEXISTENTES LAS INFRACCIONES ATRIBUIDAS AL C. ALDO EMMANUEL RUIZ SÁNCHEZ, DELEGADO FEDERAL DE PROGRAMAS DE DESARROLLO DE LA SECRETARIA DE BIENESTAR EN AGUASCALIENTES, POR LA SUPUESTA UTILIZACIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS Y PROMOCIÓN PERSONALIZADA
- En sesión ordinaria, la Magistrada y los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, emitieron resolución con número TEEA-PES-001/2020.
Quién impugna. El C. Fernando Alférez Barbosa, presentó queja en contra del Delegado Federal de Programas de Desarrollo de la Secretaría de Bienestar en Aguascalientes, Aldo Ruiz Emmanuel Sánchez.
Agravios. Lo anterior se debió a que, a dicho del denunciante, el delegado violentó el artículo 134 Constitucional al incurrir en actos propaganda personalizada, al utilizar una entrevista, ruedas de prensa y diversas cuentas en redes sociales, para exaltar sus logros personales
Igualmente, el denunciante se queja de que el delegado utilizó indebidamente recursos públicos por el supuesto uso de infraestructura de la Secretaría de Bienestar en Aguascalientes con el propósito de capacitar en temas de ideología de MORENA, a servidores públicos en horario laboral.
Resolución del Tribunal. El Pleno del Tribunal Electoral, determinó la inexistencia de las infracciones atribuidas al Delegado Federal, toda vez que las pruebas ofrecidas por el denunciante, en algunos casos se consideraron insuficientes; en otros no se acreditaron los hechos y/o no probaron los elementos de tiempo, modo y lugar, y en otros más no demostraron alguna transgresión al artículo 134 Constitucional.
Por consecuencia, se declaró inexistente la propaganda personalizada o la utilización indebida de recursos públicos.
Por lo anterior, el Tribunal confirmó la resolución impugnada.