EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DECLARÓ INFUNDADO EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN QUE INTERPUSO EL CIUDADANO KENDOR GREGORIO MACÍAS MARTÍNEZ, RESOLUCIÓN EMITIDA CON EL NÚMERO TEEA-JDC-092/2019 Y ACUMULADO.
- El actor señala en sus agravios la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, que confirmó el acuerdo de postulación de candidaturas para la presidencia municipal de Jesús María, Aguascalientes, en el que no se aceptó su postulación.
- Además, se queja del registro llevado a cabo por el Comité Directivo Estatal del PRI y su aprobación por parte del Consejo Municipal de Jesús María, Aguascalientes y del Consejo General del IEE.
El C. Kendor Gregorio Macías Martínez, en su calidad de militante y aspirante a la candidatura a la presidencia municipal de Jesús María, Aguascalientes, por el Partido Revolucionario Institucional, para el Proceso Electoral 2018-2019, compareció ante este Tribunal. En su escrito de demanda planteó, de manera general, que le causa agravio el hecho de que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI, confirmara el acuerdo de la Comisión Estatal para la Postulación de Candidaturas de ese partido, que no lo designó como candidato a la presidencia Municipal de Jesús María, Aguascalientes, eligiendo a una mujer para esa candidatura.
El Pleno del Tribunal Electoral de esta Entidad, al resolver el Juicio TEEA-JDC-092/2019 y acumulado; determinó que eran infundadas sus peticiones y validó el dictamen de la Comisión Estatal de Postulaciones, pues, con base a la facultad autoorganizativa de los partidos políticos y la paridad de género, tiene la facultad de elegir las candidaturas y el hecho de postular a más mujeres que a hombres no vulnera el principio de igualdad.