El Pleno del Tribunal Electoral determinó la inexistencia de la infracción consistente en difamación y calumnias, denunciada por el candidato de MORENA a la presidencia municipal de Aguascalientes, Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, resolución emitida con el numero TEEA-PES-010/2019.
- El ex candidato de MORENA a la presidencia municipal del Aguascalientes, denunció al PAN, PRD y a sus candidatos a la presidencia municipal, por la publicación de diversas notas y dos videos en páginas de internet, que consideró constituyen calumnias, difamación y por tanto, “campaña negra” en su contra.
El Pleno del Tribunal Electoral de esta entidad, al resolver el procedimiento especial sancionador TEEA-PES-010/2019; determinó la inexistencia de calumnias y difamación que denunció Arturo Ávila, que le atribuyó a Iván Alejandro Sánchez Nájera, PRD, María Teresa Jiménez Esquivel y PAN, por la publicación de diversas notas y videos en las páginas electrónicas de comunicación “Crisol Hoy”, “Informativo El Valle de Aguascalientes” “La Contra Portada” y “Código Rojo”.
Los Magistrados determinaron que la difusión de los hechos constitutivos de noticias, al igual que las valoraciones u opiniones que efectúan los periodistas respecto de temas relativos a los procesos comiciales en relación a los actores políticos que participan en la vida pública del país, pertenecen al ámbito protegido por la libertad de prensa.
En cuanto al video publicado en la nota de “Crisol Hoy”, donde el candidato del PRD Iván Sánchez Nájera aparece dando un mensaje, se determinó que se trata de una manifestación de ideas y la opinión del candidato en el marco del debate político, que se relaciona con una acción tendente a evidenciar y externar una opinión respecto de la reacción que tuvo el denunciante cuando, en otro momento, se le dijo que se había presentado documentación para evidenciar actos de corrupción y no así la imputación directa de los hechos supuestamente calumniosos.