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Boletín de Prensa 01-2026, 1a. Sesión Pública de Resolución (27-Marzo-2026)

Boletín de Prensa

TEEA-JDC-002/2026

SE CONFIRMA LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA EN LO RELATIVO AL JUICIO DE INCONFORMIDAD CJ/JIN/010/2026; SE REVOCA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA EN LO RELATIVO AL JUICIO DE INCONFORMIDAD CJ/JIN/009/2026, Y; SE DETERMINA LA IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE INCONFORMIDAD CJ/JIN/009/2026.

 

Quién impugna. Rosaura Estephania García González, aspirante al cargo de la secretaría municipal de Acción Juvenil del Partido Político Acción Nacional, en el municipio de Jesús María, Aguascalientes.

 

Autoridad Responsable. Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional.

 

Acto impugnado. Resolución de los juicios de inconformidad CJ/JIN/009/2026 y CJ/JIN/010/2026 ACUMULADOS, emitidos por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional.

 

Agravio. En su escrito de demanda la promovente manifiesta que en tal resolución sus agravios no fueron debidamente estudiados por la autoridad responsable; se privó su derecho político- electoral a ser votada, violación al principio de máxima publicidad y paridad de género.

Resolución del Tribunal: Esta autoridad jurisdiccional resolvió que:

  • No le asiste la razón a la promovente, ya que, de las constancias que obran en el expediente, se advierte que la autoridad responsable si realizó adecuadamente el cómputo del plazo para la interposición del medio de impugnación.
  • Debe revocarse parcialmente la resolución impugnada en lo que respecta al juicio de inconformidad CJ/JIN/009/2026, debido a que la autoridad responsable debió desechar dicho medio de impugnación por actualizarse la causal de improcedencia consistente en la extemporaneidad de su presentación.