El Tribunal Electoral resuelve cinco juicios ciudadanos respecto a los asuntos promovidos por integrantes del partido político MORENA, quienes pretendían participar en la contienda electoral como candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa.
- En sesión ordinaria los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, emitieron la resolución con número TEEA-JDC-012/2018.
En igualdad de condiciones, cinco ciudadanos que ostentan la calidad de militantes de MORENA, manifiestan que se les fue impedido acceder a respectivas candidaturas como diputados por el principio de mayoría relativa, derivado de irregularidades dentro del proceso de selección partidario.
Señalan en sendos medios de impugnación, que el partido político en comento, sin darles más detalles les impidió participar en la contienda, y de igual forma fue violentado el principio de paridad al no postular equitativamente las candidaturas según el género.
Es menester señalar que, dentro de la selección de candidatos de MORENA, se observa un absoluto cumplimiento del principio de paridad de género, pues quedo acreditado que cinco de las ocho candidaturas son para el género femenino.
Así las cosas, al entrar al estudio de fondo, también se desprende que MORENA da cabal cumplimiento con la convocatoria, bases operativas y diversos dictámenes en los que emiten los lineamientos para la selección de candidatos dentro del proceso electoral.
Es así, que esta autoridad jurisdiccional, resuelve confirmar los dictámenes impugnados, ya que se consideran infundados los diversos agravios que los promoventes pretenden hacer valer en sus escritos iniciales.