“LAS AUTORIDADES, ACTORES POLÍTICOS Y CIUDADANOS ESTÁN OBLIGADOS A RESPETAR LAS NORMAS ELECTORALES, EN PARTICULAR AQUELLAS QUE TENGAN POR OBJETO PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA POLÍTICA DE GENERO.”
- En sesión ordinaria los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes, emitieron la resolución con número TEEA-PES-005/2018.
La Candidata a Diputada por el Principio de Representación Proporcional del Partido Movimiento Ciudadano, presentó denuncia ante el IEE, en contra de RAÚL COBOS RAMÍREZ en su calidad de Periodista atribuyéndole la autoría de un mensaje publicado en redes sociales, en fecha 24 de abril en el Perfil de Facebook “Raúl Cobos (La Voz de la Noticia)” y en la Fan Page “Raul Cobos Noticias”, que a su parecer constituía violencia política de género.
De un primer análisis y previo a su resolución, el Tribunal Electoral solicitó el apoyo de la empresa FACEBOOK IRELAND LIMITED, para que realizará el retiro del mensaje denunciado, solicitud que fue atendida con fechas nueve y quince de junio, FACEBOOK realizó su retiro.
El denunciado, en un primer momento se deslindó del perfil y de la fan page, sin embargo, con posterioridad reconoció haber participado en la creación de los mismos.
Al realizar el análisis de la publicación denunciada, el Pleno del Tribunal determinó que la misma constituye violencia política de género en contra de la Candidata denunciante, en su modalidad de violencia simbólica, la que denigra y menoscaba sus derechos político-electorales.
Así, el Tribunal Electoral, determinó la existencia de la infracción denunciada y tuvo por acreditado que la misma, es responsabilidad del denunciado, pues incurrió en la misma al haber omitido y tolerado la publicación del mensaje bajo su nombre e imagen, lo que se agrava teniendo en consideración la calidad de periodista del denunciado.